En el BOE del día 1 de diciembre se ha aprobado el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2022, a efectos de cómputos de plazos.
¡Atención! Son días inhábiles:
- En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
- En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
- En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles en todo el territorio nacional y en el ámbito de las Comunidades Autónomas se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en este ANEXO
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi
AUTOR DEL BLOGJosé María Quintanar Isasi
Asesor fiscal tributario, mediador de seguros y socio fundador de APLAGES Grupo.

