Le informamos que puede consultar el
calendario de días inhábiles para el 2019 de las distintas comunidades
autónomas. Pueden ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
¡Atención! Son días inhábiles:
· En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los
días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre
las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la
facultad de sustitución.
· En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
· En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la
Administración Local: los días que establezcan las respectivas
Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días
inhábiles.
CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES 2019
Enero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 7: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón,
del Principado de Asturias, de Canarias, de Extremadura, de la Región de
Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de
Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la
Ciudad de Melilla.
Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 28: Inhábil en la CC.AA. de Andalucía.
Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia, de la Región
de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana y en la
Comunidad Foral de Navarra.
Abril: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 18: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón,
del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de
Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la
Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad
de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de
Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 19: Inhábil en todo el territorio Nacional
Día 22: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de
Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Cataluña, del País Vasco, de La
Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de
Navarra.
Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad de Castilla y León.
Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 2: Inhábil en la CC.AA. de Madrid.
Día 17: Inhábil en la CC.AA. de Galicia.
Día 30: Inhábil en la CC.AA. de Canarias.
Día 31: Inhábil en la CC.AA. de Castilla-La Mancha.
Junio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 10: Inhábil en las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de La Rioja.
Día 20: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña y en la Comunitat Valenciana.
Julio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco.
Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 12: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la CC.AA. de Valencia.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.
Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón,
del Principado de Asturias, de Cantabria, de Extremadura, de La Rioja,
así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid y
en la Ciudad de Melilla.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Cataluña.
CANARIAS
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 99/2018, de 2 de
julio, por el que se determina el Calendario de fiestas laborales de la
Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019 («BOC» de 10-07-2018)
dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La
Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán,
además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de
Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 20 de septiembre,
festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 9 de
septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino;
en La Gomera; el 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de
Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de
Las Nieves; en Lanzarote: el 16 de septiembre, lunes posterior a la
festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en Tenerife: el 2 de
febrero, festividad de la Virgen de Candelaria».
CATALUÑA
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/134/2018, de 30 de
julio, por la que se establece el calendario oficial de fiestas
laborales en Cataluña para el año 2019 («DOGC» de 2 de agosto de 2018)
dispone que: «En el territorio de Arán, de acuerdo con el
Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio,
que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario
de fiestas fijas y suplentes, la fiesta del día 26 de diciembre (San
Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi
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