
Los
autónomos y empresas pueden solicitar financiación a través de las líneas de
financiación del ICO para 2018 para cubrir sus necesidades de liquidez o
realizar sus proyectos de inversión (compra de maquinaria, compra de vehículos,
etc.).
Cuando
el destino sea inversión podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o de
leasing y cuando sea liquidez se solicitará bajo la modalidad de préstamo o de
línea de crédito. El importe máximo por cliente es de hasta 12,5 millones de
euros en una o varias operaciones.
Una
de las principales ventajas de esta línea son sus largos plazos de
amortización, que cubren períodos de hasta 20 años con dos de carencia para
inversión y de cuatro años con uno de carencia para liquidez. El cliente puede
formalizar su operación a tipo de interés fijo o variable.
Las líneas ICO para 2018
Se
siguen financiando (a través de la línea “Empresas y Emprendedores”)
necesidades de liquidez (gastos corrientes, pago de nóminas y de proveedores,
etc.) e inversiones (adquisición de activos nuevos o usados, vehículos...).
También
existen líneas específicas para las empresas que operan en el exterior
(anticipo de facturas, financiación de inversiones en el extranjero...) y para
las que realicen instalaciones que reduzcan el consumo de energía.
ICO Empresas y
Emprendedores 2018
Financiación
orientada a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas, tanto
españolas como extranjeras, que realicen inversiones productivas en territorio
nacional y/o necesiten liquidez.
También
pueden solicitar financiación con cargo a este producto, particulares y
comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de sus
viviendas.
La
tramitación de las operaciones se realiza directamente a través de las
Entidades de Crédito.
Condiciones
Importe
máximo por cliente: hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Conceptos
financiables:
- Liquidez
- Inversiones dentro del territorio
nacional:
- Activos fijos productivos nuevos o de
segunda mano (IVA incluido).
- Vehículos turismos, cuyo importe no
supere los 30.000 euros más IVA.
- Adquisición de empresas.
- Liquidez con el límite del 50% de la
financiación obtenida para esta modalidad de inversión.
- Rehabilitación de viviendas y
edificios.
Modalidad: préstamo/leasing para
inversión y préstamo/línea de crédito para liquidez.
Tipo
de interés: fijo
o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo
de amortización.
Plazo
de amortización y carencia:
- Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y
4 años con la posibilidad de 1 año de carencia.
- Si se financia inversión: 1, 2, 3, 4,
5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia.
Comisiones: la Entidad de Crédito podrá
cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la
de amortización anticipada.
Garantías: a determinar por la
Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA.
Vigencia: se podrán formalizar
préstamos al amparo de esta Línea hasta el día 21 de diciembre de 2018.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,
José María Quintanar Isasi
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